Tutor académico

Según el Reglamento vigente C.4 "Cursos de Cooperación" de la USB, en su artículo 5 establece que debe ser miembro del personal académico de la Universidad Simón Bolívar, a dedicación exclusiva o a tiempo integral y designado conforme a lo dispuesto en el artículo 8º del mismo Reglamento. Deberá tener un grado universitario igual o superior al que otorga el programa de estudios que cursa el pasante. En casos excepcionales, previa calificación del coordinador docente del programa que cursa el estudiante de la USB, podrán ser tutores académicos de las pasantías cortas e intermedias otros miembros del personal académico de la Universidad Simón Bolívar.

Responsabilidades:

  1. Evaluar, en una etapa previa al inicio de la pasantía, las condiciones que garanticen al estudiante un aprendizaje enmarcado dentro de los objetivos del programa en la empresa o institución.
  2. Elaborar y firmar, conjuntamente con el tutor industrial, el plan de trabajo que llevará a cabo el estudiante durante su pasantía, en el cual se debe incorporar un lapso suficiente para la elaboración del informe final de pasantía.
  3. Someter el plan de trabajo de la pasantía a la consideración de la coordinación docente del programa de estudios a la cual está adscrito el estudiante, con el objeto de que la coordinación decida sobre su aprobación antes del inicio de la pasantía.
  4. Someter a consideración de la coordinación docente del programa de estudios a la cual está adscrito el estudiante cualquier modificación que, previo acuerdo con el tutor industrial, pudiese surgir sobre el contenido o alcance de dicho plan de trabajo durante el desarrollo de la pasantía, con el objeto de que la Coordinación decida sobre su aprobación en el transcurso de la pasantía.
  5. Explicar al estudiante, antes del inicio de la pasantía, todo lo relativo a los objetivos, alcances, metodología y resultados académicos esperados de su plan de trabajo, así como suministrarle la información de mayor relevancia que considere conveniente sobre la empresa o institución en la que desarrollará sus actividades.
  6. Convenir y documentar debidamente con el tutor industrial aquellos aspectos del plan de trabajo que puedan requerir o dar origen a elementos de carácter confidencial para la empresa, procurando preservar en todo momento la calidad y la consistencia del trabajo y de su informe académico final, e informar de todos estos aspectos a la coordinación docente respectiva para que proceda en consecuencia atendiendo a lo establecido en las políticas y lineamientos de la Universidad en relación con la confidencialidad utilizada en pasantías y proyectos de grado.
  7. Mantener comunicación frecuente con los estudiantes bajo su supervisión y, siempre que exista la disponibilidad presupuestaria para cubrir los costos de traslado y viáticos, visitarlos y entrevistarse personalmente con el respectivo tutor industrial al menos una (1) vez durante el período de pasantía en el caso de aquellas pasantías que se desarrollen en el territorio nacional, con el fin de orientar sobre su desempeño y evaluar el desarrollo de sus actividades.
  8. Revisar minuciosamente cada informe final de pasantía cuya tutoría le corresponda, de acuerdo con la normativa vigente en el respectivo decanato de estudios para su redacción y presentación, así como sugerir las modificaciones pertinentes antes de la presentación definitiva para su evaluación.
  9. Reportar a la Coordinación de Cooperación Técnica o a la Coordinación de Extensión de la sede del Litoral, según sea la sede en la que el estudiante cursa el programa académico en la USB, así como a la coordinación docente del programa de estudios correspondiente, cualquier novedad o información relevante relacionada con la pasantía.
  10. Asistir a las reuniones a las que sea convocado por la Coordinación de Cooperación Técnica o por la Coordinación de Extensión de la sede del Litoral, según sea la sede en la que el estudiante cursa el programa de estudios en la USB, así como por la coordinación docente del programa académico de adscripción del estudiante cuya tutoría tenga asignada.
  11. Cumplir con las normas y procedimientos de la Coordinación de Cooperación Técnica o de la Coordinación de Extensión de la sede del Litoral, según sea la sede en la que el estudiante cursa el programa académico en la USB.